Una de las obligaciones tributarias que tienen los autónomos y las empresas es declarar sus operaciones intracomunitarias en el plazo establecido por las autoridades competentes.
Para poder hacer la presentación tendrás que descargar el modelo 349 en PDF. A continuación, vamos a explicarte cómo puedes conseguir el formulario, así como te proporcionaremos otras informaciones de interés.
Cómo Rellenar y Presentar el Modelo 349 Paso a Paso en línea
- Accede al portal oficial de la Agencia Tributaria. Haz clic aquí:
- Dirígete al apartado “Trámites, Impuestos y Tasas, y Declaraciones Informativas”
- Una vez seleccionado el Modelo 349, podrás exportar los datos. También puedes rellenar el formulario directamente.
- Introduce las informaciones del declarante, tales como periodo de declaración y resumen de la declaración.
- En la sección de Operaciones Intracomunitarias, tendrás que introducir los datos de las personas o sociedades que estés interesado declarar.
- Introduce el NIF, nombre completo o empresa, importe de las operaciones, clave de operación y el código del país.
Qué Debes Tener en Cuenta
Con este tipo de formulario podrás notificar a cualquier país de la Unión Europea sobre cada una de las ventas o compras intracomunitarias que ha realizado la empresa de cada periodo a declarar.
No necesariamente debe presentarse el modelo 349 todos los meses. Hay excepciones en las cuales podría hacerse cada trimestre o anual, pero los plazos son diferentes.
Cuando presentar el Modelo 349 en AEAT
El periodo de presentación puede darse en varias modalidades, ya sea mensual, trimestral o anual. Sin embargo, es importante tener en cuenta que dichos plazos están sujetos a algunas reglas:
- Mensual: el plazo de entrega será mensual siempre y cuando el total de las operaciones intracomunitarias sobrepase los 50.000 euros. La misma se podrá hacer durante los 20 días naturales del mes que suceden a la información mensual a presentar.
- Bimestral: una vez finalizado el segundo mes del trimestre el importe de las operaciones intracomunitarias deberá ascender a más de 100.000 euros.
- Trimestral: solo aplica si el monto total de las entregas de bienes y prestaciones de servicios no sobrepase los 50.000 euros. Tal presentación se hará del 1 al 25 del mes siguiente al trimestre. Exceptuando el último trimestre del ejercicio, que deberá declararse del 1 al 31 de enero.
- Anual: tal entrega solo aplica si los ingresos generados no superen los 35.000 euros, así como las entregas de bienes a otro estado miembro no puede superar los 15.000 euros.
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